¿Qué es un despido procedente?
La indemnización por despido procedente es la que corresponde cuando la extinción de la relación laboral por voluntad unilateral del empresario se ajusta a las causas y a las formalidades que exige el Estatuto de los Trabajadores (ET).
Esto se aplica a:
- Despido disciplinario. Basado en un incumplimiento grave por parte del trabajador, regulado en el artículo 54 del ET.
- Despido objetivo. Fundamentado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que afectan a la empresa; en la ineptitud sobrevenida del trabajador o en su falta de adaptación a las modificaciones técnicas realizadas en su puesto de trabajo. Reguladas todas ellas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
La procedencia del despido se puede determinar de dos maneras:
- Por la no impugnación del despido por parte del afectado en el plazo legal para ello (20 días hábiles).
- Por decisión judicial, cuando el despido es impugnado.
La procedencia del despido tiene los siguientes efectos:
- Finaliza de forma definitiva la relación laboral.
- Se abona el finiquito.
- Se abona una indemnización (solo en caso de despido objetivo).
- Si el trabajador ha cotizado lo suficiente, puede acceder a la prestación por desempleo.
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¿Cuál es la indemnización en el despido objetivo procedente?
El despido implica que una persona pierde su puesto de trabajo como consecuencia de una decisión unilateral del empleador. Esto supone un perjuicio para el empleado y, por eso, la legislación le reconoce el derecho a ser indemnizado.
Cuando el despido objetivo es totalmente legal (procedente), ajustado a alguna de las causas previstas en el ET y con pleno respeto a las formalidades que exige la ley, entonces el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades.
¿Cuál es la indemnización en el despido disciplinario procedente?
El despido disciplinario se basa en una causa subjetiva, que es un incumplimiento grave y reiterado por parte del trabajador, que además lleva a cabo de forma consciente. La causa de la decisión del empresario es la actitud o la forma de comportarse del propio afectado por el despido y, por ello, la legislación considera que en estos casos no existe derecho a recibir una indemnización.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido procedente?
El despido objetivo procedente da derecho a percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, hasta un límite de 12 mensualidades. A estos efectos, se computan los años completos y las fracciones inferiores se prorratean por meses. Se entiende que el tiempo efectivo de trabajo va desde el primer día de trabajo hasta el último, incluyendo contratos temporales y períodos de prueba (si los hubo).
Para hacer el cálculo es importante saber cuál es el salario diario del trabajador. Esta cifra se halla mediante la siguiente fórmula:
Salario diario = (salario mensual × 14) / 365
Se multiplica por 14 porque en España lo más común es abonar 12 pagas ordinarias más dos pagas extraordinarias (aunque estas estén prorrateadas mensualmente).
Una vez que se conoce el salario diario se puede aplicar la fórmula para la indemnización:
Fórmula general = años trabajados × 20 × salario diario
Si hay fracción de año se calcula proporcionalmente: (días totales trabajados / 365) × 20 × salario diario
Un despido procedente puede parecer cerrado, pero no siempre lo está. Si la indemnización está mal calculada o el procedimiento tiene fallos, el trabajador aún puede reclamar. Por eso, nunca firmes sin asesorarte antes: proteger tus derechos también es prevenir.
Ejemplo de cálculo de una indemnización por despido procedente
Un trabajador con un salario mensual bruto de 1.500 euros, que percibe 14 pagas al año, fue contratado el 1 de enero de 2020 y despedido el 31 de mayo de 2025 por razones objetivas y de forma procedente.
Salario diario
Salario anual: 1.500 € × 14 = 21.000 €
Salario diario: 21.000 / 365 = 57,53 €
Antigüedad
Desde el 01/01/2020 hasta el 31/05/2025 = 5 años y 5 meses
En días: 5 años = 1.825 días
5 meses = 151 días
Total: 1.976 días trabajados
Cálculo de la indemnización
(1.976 días / 365) = 5,41 años trabajados
Indemnización = 5,41 × 20 × 57,53 = 6.232,86 €
En total, el trabajador recibirá 6.232,86 euros a modo de indemnización por su despido objetivo procedente.
Es importante tener en cuenta que la cantidad a indemnizar no puede ser superior a 12 mensualidades de salario. En este ejemplo, 1.500 × 12 son 18.000 euros, por lo que la indemnización no supera ese límite.
¿Qué incluye el finiquito junto a la indemnización?
El finiquito se suele abonar junto a la indemnización, pero son conceptos diferentes. De hecho, el finiquito se abona siempre que se acaba una relación laboral, aunque no sea por despido, y también en los supuestos de despido disciplinario que no conllevan una indemnización.
Es la liquidación de las cantidades que están pendientes de abono en el momento de acabar la relación laboral. Su contenido puede variar según el caso concreto, pero los conceptos más habituales que se incluyen son:
- Salario de los últimos días trabajados.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Horas extra o complementarias pendientes de pago.
Si se trata de un despido objetivo y no se cumple con la obligación de preaviso de 15 días, el finiquito incluye el salario equivalente a los días de preaviso no respetados.
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el despido procedente?
Todos los despidos son susceptibles de impugnación en vía judicial, pero es importante respetar los plazos y los trámites previstos legalmente.
Una vez hecho efectivo el despido, el trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles para presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si en el acto de conciliación no se alcanza un acuerdo, entonces el empleado puede presentar su demanda por despido ante el Juzgado de lo Social.
En estos procedimientos legales es la empresa la que asume la carga de la prueba. Es el empleador el que tiene que aportar pruebas suficientes para demostrar que concurría la causa habilitante para el despido alegada en la comunicación, y que la carta de despido es acorde a las formalidades que exige el Estatuto de los Trabajadores.
Si el juez estima que la empresa ha actuado correctamente, declarará el despido como procedente. Si el trabajador no está conforme, puede interponer un recurso de suplicación.
En caso de que se aprecie alguna irregularidad en el despido, la autoridad judicial lo declarará improcedente o nulo (según proceda).
¿Cuándo se cobra la indemnización por despido procedente?
En condiciones normales, la indemnización se pone a disposición del trabajador en el mismo momento en el que se le entrega la carta de despido objetivo. Generalmente, se entrega un cheque o se hace una transferencia.
La empresa solo puede entregar la indemnización más tarde si hay una causa legítima que justifique este retraso. Por ejemplo, una falta de liquidez grave demostrable o por motivos técnicos o legales que impidan el pago inmediato. En todo caso, en la carta de despido debe hacerse constar que no se entrega la indemnización en ese momento y la causa por la que esto sucede.
Si la empresa no abona la indemnización, el afectado tiene el plazo de un año para reclamar en vía judicial.
La indemnización por despido procedente solo es viable en el despido objetivo individual o colectivo. Es fundamental que esté bien calculada y que se abone a su debido tiempo. Si hay cualquier irregularidad, el afectado puede reclamar.
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