Abogados para incapacidades permanentes

Cuando tu salud ya no te permite trabajar, lo último que necesitas es que el sistema te lo ponga difícil. En Javaloyes te ayudamos a reclamar tu incapacidad con firmeza, rigor y un trato humano de verdad.
Abogada de Javaloyes Legal escucha con atención a un cliente durante una reunión en su despacho profesional.

Somos abogados especialistas en incapacidades

Solicitar una incapacidad permanente no es solo rellenar papeles. Es demostrar cómo una enfermedad o lesión afecta de forma real a tu vida, a tu trabajo y a tu futuro. Es enfrentarse a peritajes, dictámenes médicos y resoluciones que muchas veces ignoran el sufrimiento de quien está al otro lado.

En Javaloyes somos expertos en demostrar ante la Seguridad Social y los tribunales lo que tú vives cada día. Y si ya te han denegado la incapacidad, analizamos tu caso y te ayudamos a reclamar lo que es justo.

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Contacta sin compromiso

Te escucharemos para conocerte y analizar tu situación. Valoraremos una primera consulta informativa sin coste. Queremos que tomes decisiones informadas, con honestidad desde el primer minuto.

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Evaluamos los detalles de tu caso

Si tu caso es viable, te explicamos las opciones legales y el coste con total transparencia. Trabajamos solo en lo que dominamos y siempre con presupuesto claro, sin sorpresas ni letra pequeña.

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Representación a tu medida

Cada caso es distinto, por eso diseñamos una estrategia legal pensada solo para ti. Si hay margen para una solución extrajudicial, la exploramos. Y si hay que litigar, lo hacemos con rigor.

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Te acompañamos hasta el final

Una vez definido el camino, preparamos tu caso a fondo: analizamos todo y construimos los argumentos. Y lo más importante, te acompañamos en cada paso para que entiendas el proceso y te sientas seguro.

Cómo te ayudamos a obtener una incapacidad permanente

Convertimos tu realidad médica en una defensa jurídica sólida. Analizamos tu historia clínica, identificamos los puntos clave y los traducimos en argumentos legales que un tribunal pueda entender y aceptar.

Podemos ayudarte en:

  • Valoración inicial de viabilidad del caso

  • Preparación y presentación de la solicitud ante el INSS

  • Revisión y coordinación con informes médicos clave

  • Impugnación de resoluciones denegatorias (reclamación previa y demanda judicial)

  • Asistencia en el juicio y colaboración con peritos médicos especializados

  • Actualización de grado en casos de agravamiento (parcial, total, absoluta, gran invalidez)

Trabajamos con personas que han sufrido:

  • Accidentes laborales con secuelas incapacitantes

  • Enfermedades degenerativas, neurológicas o crónicas

  • Patologías físicas o psicológicas que impiden continuar trabajando

  • Recaídas tras alta médica sin recuperación real

Porque tu salud merece justicia. Y tu tranquilidad, un equipo legal que luche por ti. Esa es  nuestra filosofía de Bienestar Legal 360º: protegerte jurídicamente cuando la vida se vuelve más frágil, y devolverte la estabilidad que mereces.

Tipos de incapacidades permanentes

La incapacidad permanente es una situación reconocida por la Seguridad Social cuando un trabajador sufre limitaciones físicas o psíquicas que le impiden seguir desempeñando su trabajo con normalidad. Existen distintos grados, y cada uno tiene implicaciones económicas y laborales diferentes:

  • Incapacidad permanente parcial: permite al trabajador mantener su empleo, aunque con una reducción de su capacidad laboral igual o superior al 33 %. Esta situación da derecho a una indemnización única, pero no a una pensión periódica.

  • Incapacidad permanente total: impide ejercer la profesión habitual, pero no otras. Se concede una pensión del 55 % de la base reguladora, que puede incrementarse al 75 % en determinados casos, como en trabajadores mayores de 55 años con dificultades de recolocación.

  • Incapacidad permanente absoluta: inhabilita al trabajador para cualquier tipo de trabajo. Da derecho a una pensión vitalicia del 100 % de la base reguladora.

  • Gran invalidez: se reconoce cuando, además de una incapacidad absoluta, el trabajador necesita ayuda de otra persona para realizar los actos más esenciales del día a día. Incluye la pensión del 100 % más un complemento destinado a cubrir esa asistencia.

Requisitos para solicitar una incapacidad permanente

Para que la Seguridad Social reconozca una incapacidad permanente, es necesario cumplir ciertos criterios médicos, laborales y administrativos. Estos son los principales requisitos que deben acreditarse:

  • Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en el momento del hecho causante, salvo excepciones.

  • Haber recibido tratamiento médico previo, con informes que acrediten que las lesiones o enfermedades son definitivas y limitan la capacidad laboral.

  • Acreditar un mínimo de cotización previa, en caso de enfermedad común (no se exige en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional).

  • Demostrar que la dolencia impide realizar el trabajo habitual, o cualquier trabajo, según el grado de incapacidad que se solicite.

  • Presentar informes médicos completos, junto con documentación laboral y administrativa que respalde la solicitud.

Proceso de solicitud de una pensión por incapacidad laboral

Solicitar una pensión por incapacidad permanente implica varios pasos administrativos. Es importante seguir el procedimiento correctamente para evitar demoras o rechazos injustificados:

  • Reunir toda la documentación necesaria: informes médicos actualizados, historia clínica, partes de baja, vida laboral y datos de cotización.

  • Presentar la solicitud ante el INSS: puede iniciarse por el trabajador, por la mutua o incluso de oficio por la propia Seguridad Social.

  • Pasar por el reconocimiento del EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades): este equipo médico evaluará el caso y emitirá un dictamen vinculante.

  • Esperar la resolución del INSS: la Seguridad Social notificará por escrito si concede o deniega la incapacidad y qué grado reconoce.

  • Reclamar en caso de denegación o grado insuficiente: si no se está conforme con la resolución, se puede presentar una reclamación previa y, si es necesario, acudir al Juzgado de lo Social.

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años de experiencia

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Reseñas de 5 estrellas

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Sabemos que dar el primer paso cuesta. Por eso, puedes contarnos tu caso a través del formulario, y estudiaremos tu caso sin ningún compromiso.





    Preguntas frecuentes

    Se concede cuando un trabajador sufre una limitación física o psíquica que reduce o anula su capacidad para trabajar de forma definitiva.

    Debe derivarse de enfermedad o accidente y haber recibido tratamiento médico previo. La valoración la realiza el tribunal médico del INSS.

    Existen cuatro grados de incapacidad permanente:

    • Parcial: limita pero no impide el trabajo habitual.
    • Total: impide el trabajo habitual, pero permite otros.
    • Absoluta: impide cualquier tipo de trabajo.
    • Gran invalidez: requiere asistencia de otra persona.

    Cada grado da derecho a prestaciones distintas.

    La paga de incapacidad permanente la abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua colaboradora, según el origen del problema.

    En algunos casos, si es por accidente laboral, puede incluir un recargo por falta de medidas de seguridad.

    Los requisitos son:

    • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta.
    • Haber cotizado un mínimo, salvo en caso de accidente.
    • Padecer una limitación definitiva tras tratamiento médico.
    • Superar la valoración del tribunal médico del INSS.

    Los años exigidos varían según edad y tipo de incapacidad.