Abogados para revisión de sentencias firmes ante el Tribunal Supremo

Una sentencia firme no siempre es el final. Cuando existen pruebas falsas, documentos ocultos o situaciones de fraude procesal, la revisión ante el Tribunal Supremo es la vía legal para reabrir un caso cerrado. En Javaloyes intervenimos en revisiones con un enfoque técnico, estratégico y totalmente ajustado a los requisitos legales.
Abogados de Javaloyes Legal escucha con atención a cliente, mostrando cercanía y trato profesional en asesoría legal.

Somos expertos en revisión de sentencias firmes

La revisión de una sentencia firme exige una mezcla de técnica, prudencia y visión estratégica. En Javaloyes no improvisamos: evaluamos si se cumplen todos los requisitos, valoramos el impacto del nuevo hecho o documento, y redactamos el recurso con la estructura que exige el Tribunal Supremo.

Sabemos que esta vía solo tiene sentido cuando lo que está en juego es más que un error judicial: es una lesión grave del derecho a un juicio justo, al equilibrio procesal o a la verdad.

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Contacta sin compromiso

Te escucharemos para conocerte y analizar tu situación. Valoraremos una primera consulta informativa sin coste. Queremos que tomes decisiones informadas, con honestidad desde el primer minuto.

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Evaluamos los detalles de tu caso

Si tu caso es viable, te explicamos las opciones legales y el coste con total transparencia. Trabajamos solo en lo que dominamos y siempre con presupuesto claro, sin sorpresas ni letra pequeña.

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Representación a tu medida

Cada caso es distinto, por eso diseñamos una estrategia legal pensada solo para ti. Si hay margen para una solución extrajudicial, la exploramos. Y si hay que litigar, lo hacemos con rigor.

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Te acompañamos hasta el final

Una vez definido el camino, preparamos tu caso a fondo: analizamos todo y construimos los argumentos. Y lo más importante, te acompañamos en cada paso para que entiendas el proceso y te sientas seguro.

Qué es la revisión de una sentencia firme

La revisión es un procedimiento excepcional que permite impugnar una resolución judicial firme (es decir, contra la que ya no cabe recurso ordinario) cuando aparecen hechos o pruebas nuevas, o cuando la sentencia se obtuvo vulnerando garantías esenciales del proceso.

Este mecanismo no está pensado para revalorar pruebas ni para expresar disconformidad con la sentencia. Solo procede si se demuestra que el fallo se dictó en condiciones procesalmente viciadas.

Está previsto, entre otros casos, cuando:

  • Aparece documentación decisiva desconocida al tiempo del juicio.

  • Se comprueba que la sentencia se apoyó en pruebas falsas o testigos condenados por falsedad.

  • Se acredita que hubo fraude, coacción, colusión o violencia durante el proceso.

  • La resolución vulneró derechos fundamentales reconocidos en tratados internacionales.

  • El tribunal que dictó la sentencia incurrió en incompatibilidad legal no corregida.

En Javaloyes no reabrimos casos sin base. Solo planteamos revisiones cuando hay argumentos jurídicos sólidos, nuevos hechos relevantes y verdadera viabilidad procesal.

Cómo te podemos ayudar

Trabajamos la revisión de sentencias firmes como lo que es: una herramienta jurídica de último recurso, reservada para supuestos excepcionales y con exigencias técnicas muy precisas.

Nuestro equipo comienza siempre con un estudio riguroso del caso, la sentencia firme, el expediente judicial completo y los elementos nuevos que justificarían la revisión. Valoramos si se cumplen los requisitos legales, los plazos y la documentación necesaria. Si existe base, redactamos la demanda con el máximo nivel técnico.

Te acompañamos en todo el proceso:

  • Estudio de la sentencia firme y del expediente judicial completo

  • Análisis de nuevos documentos, hechos o situaciones sobrevenidas

  • Evaluación del encaje legal en los motivos de revisión regulados

  • Redacción técnica de la demanda ante el Tribunal Supremo

  • Seguimiento del procedimiento hasta resolución

  • Colaboración con otros despachos que requieren apoyo en esta vía excepcional

Casos que hemos gestionado en revisión:

  • Procesos civiles resueltos sin haberse conocido documentos esenciales

  • Sentencias penales basadas en pruebas que luego se revelan falsas

  • Conflictos de propiedad o familia resueltos sin respeto a la defensa de una de las partes

  • Supuestos de colusión procesal entre las partes en procedimientos patrimoniales

  • Causas en las que se acredita violación de derechos fundamentales con reconocimiento posterior por el TEDH o el TC

Razones para confiar en nosotros para revisión de sentencias firmes

La revisión no es una apelación más. Es la respuesta del sistema ante el error irreversible. En Javaloyes sabemos cuándo procede y cómo defenderla.

Porque llevamos más de 20 años litigando en jurisdicciones civil, penal, administrativa, laboral y mercantil. Y porque tenemos la especialización necesaria para abordar procesos tan complejos como la revisión de sentencias firmes ante el Supremo.

Porque no aceptamos causas sin analizar su viabilidad. Y cuando sí las aceptamos, lo hacemos con un compromiso total: jurídico, humano y estratégico.

Porque trabajamos con transparencia, te decimos desde el principio si hay posibilidades reales, y nos implicamos al máximo cuando se trata de restituir derechos vulnerados.

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años de experiencia

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Reseñas de 5 estrellas

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Profesionales asociados

Contacta con nosotros

Sabemos que dar el primer paso cuesta. Por eso, puedes contarnos tu caso a través del formulario, y estudiaremos tu caso sin ningún compromiso.





    Preguntas frecuentes

    En principio, una sentencia firme no admite recurso ordinario, ya que ha agotado las vías procesales normales.

    No obstante, en casos excepcionales puede solicitarse su revisión si concurren motivos tasados, como la aparición de documentos esenciales desconocidos, falsedad probada de pruebas o errores materiales. Esta revisión debe presentarse ante el Tribunal Supremo o ante el órgano competente, según el tipo de proceso.

    El plazo para solicitar la revisión de una sentencia firme varía en función del motivo que la fundamente:

    • En general, el plazo es de 3 meses desde que se tuvo conocimiento del hecho que motiva la revisión (por ejemplo, la aparición de un documento).
    • En casos de falsedad probada o prevaricación, el plazo puede contarse desde la firmeza de la sentencia penal que lo declare.

    La revisión es una vía extraordinaria y limitada a supuestos excepcionales.

    Las sentencias del Tribunal Supremo son, por regla general, firmes y no recurribles ante instancias nacionales.

    Sin embargo, pueden ser impugnadas ante el Tribunal Constitucional mediante recurso de amparo, si se considera que han vulnerado derechos fundamentales. Asimismo, es posible acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si se han agotado todas las vías internas y se alega una violación de derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.